Producto de riesgo, que garantiza el pago del capital pactado a los beneficiarios, en caso de producirse el fallecimiento del asegurado dentro del período de cobertura.
Existe un abanico de posibilidades de contratación, mediante garantías complementarias, para adecuarse a cualquier necesidad de nuestro asegurado.
PUBLICO OBJETIVO:
- TENER OBLIGACIONES FINANCIERAS PENDIENTES: HIPOTECAS, PRESTAMOS, DEUDAS DE NEGOCIO, ETC..
- SER RESPONSABLE ECONÓMICAMENTE DEL MANTENIMIENTO DE OTRAS PERSONAS.
- TENER HIJOS CURSANDO ESTUDIOS.
- PROTECCION PERSONAL CONTRA LA DISMINUCION DE INGRESOS QUE SUPONE NO PODER TRABAJAR (INVALIDEZ)
- PAGO DE IMPUESTOS.
- ACUERDOS ACCIONISTAS/SOCIO
PRINCIPAL: Pago a los beneficiarios del capital contratado en caso de Fallecimiento del asegurado.
COMPLEMENTARIAS: Según la/s garantía/s contratadas, anticipo del capital principal o capital adicional al principal.
- Doble Capital por Muerte en Accidente:
Cubre por un capital adicional igual al principal, en caso de muerte poraccidente. - Triple Capital por Muerte en Accidente de Circulación:
Cubre por un capital adicional igual al principal, en caso de muerte por accidente de circulación. - Incapacidad Permanente y Absoluta:
Cubre la Incapacidad Absoluta por cualquier causa que impida al Asegurado el desarrollo de cualquier trabajo remunerado - Doble Capital por Incapacidad Pte. Y Abs. por Accte.:
Cubre por un capital adicional igual al principal la Incapacidad Absoluta, en caso de accidente por cualquier causa que impida al Asegurado el desarrollo de cualquier trabajo remunerado. - Triple Capital por Inc. Pte y Abs. por Accte. Circulación:
Cubre por un capital adicional igual al principal, en caso de Incapacidad Permanente y Absoluta por accidente de circulación.